ATT Y APOYOS EDUCATIVOS
Las ayudas técnicas (AATT) surgen a partir del decreto de 23 de junio de 1998. Parten de la constatación de que los jóvenes con necesidades educativas especiales experimentan, además, las mismas dificultades que el resto de la juventud, pero incrementadas por el hecho de haber sido educados de manera segregada. Por eso, se ofrece a los alumnos con dichas necesidades apoyos en el aula para que puedan seguir su formación y, así, en un futuro, conseguir un puesto de trabajo. (Martínez Cano A. y Escribano González A., 2013)
Según Martínez:
Las personas con discapacidad que quieren usar las TIC se suelen enfrentar a gran número de dificultades en forma de barreras de uso que pueden llegar a excluir socialmente a este colectivo. La accesibilidad y las ayudas técnicas se presentan como las vías más adecuadas para superar estos problemas. (2004, p.6)
Es una oportunidad para enriquecer la sociedad y transformarla en un lugar más humano donde vivir, pues la diversidad nos enseña a vivir democráticamente, a respetar y valorar las distintas formas de aprender y de manifestar la creatividad del ser humano (Martínez y Escribano, 2013)
La Ley Orgánica de Educación (LOE), de 2006 modificada por La Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), de 2013, que la modifica, constituyen el marco normativo que regula la ordenación general del sistema educativo.
Uno de los principios fundamentales del sistema educativo español es el de atención a la diversidad del alumnado. Dicho principio debe regir toda la enseñanza, con el objetivo de proporcionar una educación adecuada a las características y necesidades de cada estudiante. De esta manera, la atención no se pone solo en el alumnado con necesidades diferentes, sino en atender a todos, por lo que las medidas establecidas en la legislación están dirigidas a dar respuesta a las necesidades de todo el alumnado y van desde las de carácter más ordinario hasta las que tienen un carácter extraordinario.
La LOE establece en su Título II Equidad de la Educación los siguientes principios que han de guiar a las administraciones educativas:
disponer de los medios necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional e
establecer planes para apoyar a los centros que escolaricen alumnado en desventaja social
asegurar los recursos necesarios para que el alumnado que requiera una atención educativa diferente a la ordinaria pueda alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y los objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado
establecer los procedimientos y recursos precisos para identificar tempranamente las necesidades educativas específicas del alumnado
garantizar la escolarización regular y asegurar la participación de los padres o tutores en las decisiones que afecten a la escolarización y a los procesos educativos de este alumnado
adoptar las medidas oportunas para que los padres de este alumnado reciban el adecuado asesoramiento individualizado.
Para alcanzar los principios señalados, las administraciones educativas disponen de los siguientes recursos:
profesorado de las especialidades correspondientes y de profesionales cualificados, así como de los medios y materiales precisos para la adecuada atención a este alumnado
dotación a los centros de los recursos necesarios para atender adecuadamente a este alumnado
los centros contarán con la debida organización escolar y realizarán las adaptaciones y diversificaciones curriculares precisas para facilitar a todo el alumnado la consecución de los fines establecidos
promoción de la formación del profesorado y de otros profesionales relacionada con el tratamiento del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo
colaboración con otras administraciones o entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, instituciones o asociaciones, para facilitar la escolarización y una mejor incorporación de este alumnado al centro educativo.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Martínez, B., (2005). Las medidas de respuesta a la diversidad: posibilidades y límites para la inclusión escolar y social. Digibug, 9.1. https://digibug.ugr.es/bitstream/handle/10481/15198/rev91ART2.pdf?sequence=1&isAllowed=y
Martínez, F., y Prendes, M. P. (2004). Nuevas tecnologías y educación. Madrid España: Editorial. https://www.iberclase.com/wp-content/uploads/2019/06/ANTONIA_M_MOYA_1.pdf
Martínez Cano, A., y Escribano González, A. (2013). Inclusión educativa y profesorado inclusivo. Aprender juntos para aprender a vivir juntos. https://ruidera.uclm.es/xmlui/bitstream/handle/10578/3372/fi_1384826353-resena%20libro%20inclusion%202.pdf?sequence=1
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